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lunes, 10 de enero de 2011

La Reforma Procesal en Nicaragua

Once años han pasado desde que el reloj marcó las doce y el mundo inició la transcición hacia el siglo XXI, un siglo que prometió grandes cambios en cuanto a la tecnología y al desarrollo de la sociedad. El derecho no ha sido la exepción, y  fiel a su carácter historico,conforme han ido pasando estos once años, ha ido sintiendo la necesidad de transformarse y avanzar a pasos agigantados para alcanzar a una sociedad que le llevaba muchos años de ventaja; ante ésta necesidad destacados juristas iniciaron en America Latina y Nicaragua no es la excepción, a promover los grandes cambios y reformas procesales tendientes a actualizar nuestro sistema jurídico y  volverlo más eficaz en cuanto a su aplicación y más humano en cuanto a sus principios.

Fue de esta manera que Nicaragua al igual que un amplio número de países de la Región, optó por transformar su sistema procesal en materia penal, iniciando un proceso de actualización de sus leyes en esta materia, particularmente sus leyes adjetivas,al derogar su antiguo código de instrucción criminal caracerizado por un sistema inquisitivo,escrito, dilatado, con pocas garantías para el procesado, por un Código más moderno: con garantías procesales, principios rectores del proceso, oralidad, celeridad, inmediación, en fin, un sistema moderno y acusatorio que nos ponía al día en la reforma procesal y en cuanto a respeto de los derechos humanos por la materia en la que se implementó.

Está reforma a nuestra legislación penal, fue tan solo una pequeña transformación y un pequeño avance, al considerar que hoy en día Nicaragua se dirije de manera firme hacia una transformación  aún más profunda  que la conduce hacia la oralidad como caracteristica principal de todos sus procesos incluyendo los de materia civi (http://elac.uca.edu.ni/pd/josegerardo/files/133/2509/BORRADOR+ANTEPROYECTO+C%C3%93DIGO+PROCESAL+CIVIL+-+TEXTO+CONSULTA.pdf), penal (http://www.congresoson.gob.mx/docs_biblio/docBiblio_273.pdf), mercantil y laboral (http://www.poderjudicial.gob.ni/rp/detalle_acti.asp?id_acti=149). 

Esta transformación representa además de un avance, un reto para las nuevas y viejas generaciones de abogados, que van a tener la obligación de actualizarse en cuanto al derecho, pues se agotó la oportunidad de escribir desde un escritorio y con paciencia los escritos porque ahora todo será en la audiencia en el momento del juicio

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